En días pasados, se radicó para primer debate en el Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo No. 208 de 2023 “Por medio del cual se prohíbe la construcción, instalación y puesta en funcionamiento de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital, se dictan lineamientos para el traslado progresivo de los existentes en zonas de proximidad”.
De esta manera, tiene por objeto prohibir la instalación de hornos crematorios en las zonas identificadas como de proximidad de acuerdo con las disposiciones del decreto distrital 555 de 2021 o las que tengan calidades semejantes de acuerdo con la norma vigente en Bogotá, así como generar unos lineamientos que permitan el traslado progresivo de estas infraestructuras que hoy en día se encuentran en el corazón de los barrios del Distrito, a zonas de menor afectación para los seres humanos.
Así, el proyecto pretende que la función de los diferentes sectores de la administración pública se articule para garantizar la disminución de las afectaciones al ambiente, especialmente en lo relacionado con el derecho fundamental a la salud de las personas que habitan las inmediaciones de los cementerios que efectúan cremaciones.
Igualmente, la prohibición de construcción y funcionamiento de nuevos hornos crematorios, está en coherencia con la legislación y normatividad vigente en materia de emisiones atmosféricas asociadas a la cremación de cuerpos y restos humanos en el territorio nacional, especialmente a las distancias que se deben guardar entre este tipo de equipamientos y las viviendas y áreas comerciales. De esta manera, el presente acuerdo contribuye a la regulación de los elementos reglamentados por el Ministerio de Salud y se encuentra en concordancia con la normativa internacional sobre la protección del medio ambiente y la salud, basados fundamentalmente en el principio de precaución.
Por último, la Secretaría Distrital Ambiente, Secretaria de Salud, UAESP, Secretaria de Planeación, Secretaria de Hábitat, o quienes hagan sus veces en la estructura administrativa del Distrito Capital, deberán garantizar desde su misionalidad el control, y seguimiento a los hornos crematorios que funcionan en las zonas de proximidad o con predominancia residencial, así como garantizar la formulación de los planes de traslado progresivo de los que ya están funcionando, procurando por el bienestar de las comunidades.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 10 de abril de 2023.