En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Decreto “Por el cual se definen los porcentajes y condiciones para el giro directo de los recursos correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación – UPC del régimen contributivo y de presupuestos máximos por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC de los regímenes contributivo y subsidiado”.
De esta manera, tiene por objeto definir los porcentajes y condiciones para el giro directo de los recursos que se reconocen a las Entidades Promotoras de Salud - EPS del Régimen Contributivo y Entidades Obligadas a Compensar, por concepto de Unidad de Pago por Capitación – UPC.
Así, aplica a las EPS del régimen contributivo, entidades obligadas a compensar, a las Instituciones Prestadoras de Salud, a la Superintendencia Nacional de Salud y a la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES. Así mismo, se aplicará a las Entidades Promotoras de Salud EPS del régimen subsidiado frente a los recursos que perciban por los afiliados del régimen contributivo cuando proceda la medida.
Igualmente, la medida de giro directo de los recursos provenientes de la Unidad de Pago por Capitación – UPC, que se determina y reconoce a las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Obligadas a Compensar, procede en los siguientes eventos:
- Cuando las Entidades Promotoras de Salud no cumplan con el indicador de patrimonio adecuado.
- Cuando las Entidades Promotoras de Salud se encuentren en medida de vigilancia especial, intervención o liquidación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.
- Cuando las Entidades Promotoras de Salud - EPS quieran acogerse de manera voluntaria al mecanismo de giro directo.
Por último, para la aplicación de la medida de giro directo de los recursos de que trata la presente Subsección, la Superintendencia Nacional de Salud publicará mensualmente en su página web la relación de las Entidades Promotoras de Salud - EPS que incumplen con el patrimonio adecuado conforme a la normativa vigente.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 12 de abril de 2024.