Notijurídico 050 - El Congreso de la República busca aumentar la jornada nocturna, la remuneración del trabajo dominical y festivo

En días pasados, se radicó en el Congreso de la República el proyecto de Ley No. 424 S de 2025, “Por medio de la cual se aumenta la jornada nocturna, la remuneración del trabajo dominical y festivo”.

De esta manera, tiene por objeto la dignificación y protección de derechos de los trabajadores, mediante la modificación de las normas que regulan la jornada nocturna y la remuneración del trabajo dominical y festivo.

Así, modifíquese el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así:

Artículo 160. Trabajo diurno y nocturno:

  1. Trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las diecinueve horas (7:00 p. m.).
  2. Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las diecinueve horas (7:00 p. m.) y las seis horas del día siguiente (6:00 a. m.).

Igualmente, modifíquese el numeral 1 del artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así:

Artículo 179. Trabajo dominical y festivo:

  1. El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del cien por ciento (100%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 29 de abril de 2025.

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Informe Diario 23 de abril de 2025
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