En días pasados, el Ministerio del Trabajo, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se establece la Ruta Tipo de Reconversión Laboral del sector Trabajo”.
De esta manera, el objeto de la presente resolución es establecer la Ruta Tipo de Reconversión Laboral, con el propósito de proporcionar a los trabajadores y/o empleadores afectados por transformaciones culturales, políticas, socioambientales, tecnológicas, económicas o regulatorias una oportunidad de actualización, orientación y/o capacitación en habilidades que les permitan moverse de sectores económicos que están descontinuando sus actividades y/o integrarse en sectores productivos emergentes o en transformación, asegurando así su empleabilidad, capacidad de generación de ingresos y contribución al desarrollo económico del país.
Así, la Subdirección de Promoción de la Organización Social de la Dirección de Derechos Fundamentales emitirá los lineamientos pertinentes en el marco del plan de diálogo social para la inclusión de la reconversión laboral como temática central en el marco de las Subcomisiones Departamentales de Concertación de Políticas Salariales y Laborales. Así mismo, las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo se encargarán de activar las subcomisiones en el marco de sus competencias y coordinarán los espacios de diálogos que permitan la consolidación de los comités técnicos tripartitos de reconversión laboral que reunirán por sector y/o por territorio representantes de trabajadores, empleadores y entidades del gobierno para que, una vez designados los respectivos representantes, se dé el paso a la instalación y desarrollo de una submesa cuya finalidad será la construcción de un acuerdo de reconversión laboral.
Igualmente, los comités técnicos tripartitos estarán compuestos por representantes del gobierno, empleadores y trabajadores, y operarán bajo los principios de representación tripartita establecidos en la Ley 278 de 1996. Dichos comités serán responsables de definir estrategias específicas para la reconversión laboral, incluyendo capacitación y recualificación de trabajadores, así como la identificación y asignación de recursos de financiamiento privado y/o público, según capacidad y competencia legal de cada actor, para la implementación de estos procesos.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 16 de abril de 2025.