Notijurídico 047 - El Congreso de la República busca regular la actividad de creación de contenido digital para un ecosistema digital responsable

En días pasados, se radicó en el Congreso de la República el Proyecto de Ley No. 394 S de 2025 "Por medio de la cual se regula y promueve la actividad de creación de contenido digital para un ecosistema digital responsable en Colombia”.

De esta manera, tiene como objeto adoptar medidas para la protección y promoción de la actividad de creación de contenidos digitales, con el propósito de garantizar su libertad e independencia, fomentar su ejercicio responsable y seguro, prevenir problemáticas asociadas al uso de medios digitales, y proteger el interés público y los derechos de los consumidores en el entorno digital. Asimismo, busca promover la profesionalización del sector y establecer mecanismos de autorregulación que contribuyan al desarrollo social, educativo y cultural de la sociedad.

Así, la presente ley se regirá por los siguientes principios:

  1. Principio de no limitación del derecho a la libertad de expresión.
  2. Principio de Autorregulación.
  3. Principio de Transparencia.
  4. Principio de Responsabilidad Social.

Igualmente, en el marco de la relación contractual, las partes determinarán en las cláusulas del contrato de prestación de servicios si los costos directamente relacionados con la creación del contenido digital están incluidos en el precio pactado o si serán asumidos por separado por la parte contratante. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario en el contrato, dichos costos serán cubiertos por quien contrate los servicios del influenciador o creador de contenido digital.

Por último, cuando un creador de contenido digital o influencer sea contratado para promocionar una marca o empresa, deberá divulgar en la publicación la relación prestacional de manera visible y notoria, utilizando términos inequívocos como 'Publicidad', 'Contenido patrocinado' o 'Colaboración pagada'. El no cumplimiento de esta obligación generará una multa de hasta 10 SMLMV cuyo destino será la financiación del Fondo Nacional de Protección Solidaria para los Creadores de Contenido e influencers. La multa a la que se refiere el presente artículo será impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 15 de abril de 2025.

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