En días pasados, el Ministerio de Transporte publicó la Resolución No. 10795 de 2024 “Por la cual se modifican los criterios técnicos y jurídicos para la expedición de los permisos especiales, individuales o colectivos y temporales para el transporte de carga divisible por las vías nacionales, concesionadas o no, con vehículos combinados de carga”.
De esta manera, tiene por objeto por una única vez, el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) podrá otorgar permisos a los generadores de carga o empresas de transporte para el transporte de carga divisible por las vías nacionales, concesionadas o no, con vehículos combinados de carga, con una vigencia máxima de doce (12) meses improrrogables, para lo cual, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos señalados en la presente resolución.
Así, sin perjuicio de lo anterior, se podrán otorgar permisos con una vigencia máxima de dos (2) años, previa verificación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la presente resolución.
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