En días pasados, se radicó en el Congreso de la República el Proyecto de Ley No. 397 C de 2024 “Por medio de la cual se reforma la Ley 675 de 2001 referente al régimen de propiedad horizontal en Colombia”.
De esta manera, regula la forma especial de dominio denominada Propiedad Horizontal, en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad y proindiviso sobre el terreno y los demás bienes y áreas comunes, con el fin de preservar y garantizar la seguridad y la convivencia pacífica entre los actores de la propiedad horizontal, así como, garantizar la función social y ecológica de la propiedad.
Así, se establece que son principios orientadores de la presente Ley:
- Función social y ecológica de la propiedad.
- Convivencia pacífica y solidaridad social.
- Respeto de la dignidad humana.
- Libre iniciativa empresarial y privada dentro de los límites del bien común.
- Debido proceso.
- Accesibilidad.
Igualmente, se establece que la modalidad de construcción de la copropiedad horizontal a la cual pueden ser sometidos edificios, conjuntos o agrupaciones cuyo propietario inicial plantee su desarrollo por etapas. Esta modalidad será señalada en la escritura pública de constitución y regulará dentro de su contenido el régimen del mismo, la forma de integrar las etapas subsiguientes, los bienes comunes ubicados en cada etapa y los coeficientes de copropiedad correspondientes a los bienes o lotes privados de la totalidad de las etapas que la conformarán, los cuales tendrán carácter provisional.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 22 de marzo de 2024.