Notijurídico 045 - ADRES establece los lineamientos para la radicación de servicios y/o tecnologías no cubiertas con la UPC ni presupuestos máximos

En días pasados, la Administradora de los recursos del sistema general de seguridad social en salud (ADRES) publicó la Circular No. 005 de 2024 con los lineamientos para la radicación de servicios y/o tecnologías no cubiertas con la UPC ni presupuestos máximos.

De esta manera, la ADRES, actuando en el marco de sus competencias, informa a las entidades recobrantes interesadas en radicar cuentas por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con la UPC ni con cargo al presupuesto máximo, los parámetros operativos para tener en cuenta para la radicación del 2024.

Así, la plataforma de radicación estará disponible 24 horas todos los días del mes. Sobre el particular, la ADRES realizará la conciliación de la radicación dentro de los tres (3) primeros días hábiles del siguiente mes con el fin de consolidar en paquetes de recobros mensuales. Esto implica que, para la fecha de corte, las solicitudes que no cuenten con el ciclo completo de radicación en el sistema de la ADRES y el formato MYTR, que resume el total de recobros y su valor, no se considerarán radicadas en dicho periodo.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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Informe Diario 21 de marzo de 2024
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