Notijurídico 043 - MinSalud reglamentará los requisitos de operación y financieros de los Gestores Farmacéuticos y Operadores Logísticos de Tecnologías en Salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se reglamentan los requisitos de operación y financieros de los Gestores Farmacéuticos y Operadores Logísticos de Tecnologías en Salud”.

De esta manera, tiene por objeto regular los requisitos de operación y financieros de los Gestores Farmacéuticos y Operadores Logísticos de Tecnologías en Salud, de que trata el artículo 243 de la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 pacto por Colombia, pacto por la equidad”.

Así, el Gestor Farmacéutico debe contar con registros contables con las especificaciones definidas en el plan general de contabilidad pública cuando se trate de una entidad descentralizada del orden nacional, territorial, entidad autónoma y entidad pública o plan de cuentas según corresponda, en aplicación del nuevo marco de las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF. Para los gestores farmacéuticos privados les aplicará las normas del sistema contable de acuerdo a su naturaleza.

Igualmente, todo Gestor Farmacéutico debe contar con los siguientes documentos:

  1. Certificado de Existencia y Representación Legal vigente.
  2. Registro mercantil.
  3. Registro Único Tributario-RUT.
  4. Estados financieros de constitución o de períodos intermedios o de cierre de vigencia, los cuales pueden ser certificados o dictaminados, cuando aplique.
  5. Libros oficiales registrados ante el ente correspondiente, cuando aplique.

Por último, los Gestores Farmacéuticos deberán contar con un sistema de administración de riesgos, en donde se realice su identificación, clasificación, tipificación, valoración, control, mitigación, seguimiento, evaluación y ajuste de manera periódica.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 9 de abril de 2025.

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