En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se adicionan unas modalidades de los códigos de modalidades aduaneras de importación”.
De esta manera, en Ia importación ordinaria, se modifican los códigos de las siguientes modalidades:
Importación ordinaria de mercancías sujetas al pago del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes correspondientes al 0,00005 UVT por cada un (1) gramo del envase, embalaje o empaque.
Importación ordinaria de mercancías sujetas al pago del impuesto a las bebidas ultra procesadas azucaradas menor a seis gramos (6 gr) de azúcares añadidos.
Importación ordinaria de mercancías sujetas al pago del impuesto a las bebidas ultra procesadas azucaradas mayor o igual a seis gramos (6 gr) y menor a diez gramos (10 gr) de azúcares añadidos.
Importación ordinaria de mercancías sujetas al pago del impuesto a los productos comestibles ultra procesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 16 de marzo de 2023.