En días pasados, el Ministerio del Interior publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta la regulación sobre los procedimientos relativos a obras huérfanas”.
De esta manera, el procedimiento de búsqueda diligente tendrá por objeto la identificación y localización del titular o titulares de derecho de autor y derechos conexos sobre la obra huérfana. Dicho procedimiento, de obligatorio cumplimiento previo al uso de la obra, debe ser llevado a cabo de buena fe por las personas autorizadas.
Así, el procedimiento de búsqueda diligente se efectuará en el territorio de la República de Colombia, en el lugar de la primera publicación o, a falta de publicación, de la primera radiodifusión; sin embargo, si existen pruebas que sugieran que en otros países existe información pertinente sobre los titulares de derechos, deberá efectuarse asimismo una consulta de las fuentes de información disponibles en esos países.
Igualmente, en caso de que la consulta de la base de datos del Registro Nacional de Derecho de Autor y de las búsquedas diligentes de obras huérfanas no permitiera localizar en la misma la obra en cuestión, la búsqueda diligente se realizará consultando, en todos los casos, como mínimo, las fuentes de información que se indican en el presente decreto, sin perjuicio de la obligación de consultar fuentes adicionales disponibles en otros países donde haya pruebas que sugieran la existencia de información pertinente sobre los titulares de derechos.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 9 de marzo de 2024.