Notijurídico 033 - MinAgricultura someterá al régimen de libertad vigilada el arroz en todos los eslabones de la cadena productiva

En días pasados, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se somete al régimen de libertad vigilada el arroz en todos los eslabones de la cadena productiva”.

De esta manera, establece que son agentes vigilados las personas naturales y/o jurídicas que importen, produzcan, transformen y/o comercialicen arroz en el territorio nacional.

Así, se entenderá que una persona natural y/o jurídica realiza las actividades mercantiles antes relacionadas, cuando esté registrada o acreditada ante las autoridades competentes para el efecto, o cuente con los permisos, licencias, autorizaciones o registros especiales exigidos legalmente para la realización de estas actividades.

Igualmente, los agentes vigilados deberán registrar en el Sistema de Reporte de Información, la información correspondiente a las variables formadoras de precios como los costos fijos, costos variables, mano de obra, arrendamiento y rendimientos por hectárea, precios, volúmenes vendidos, calidad del grano, inventarios de los productos y subproductos del arroz (paddy, arroz blanco, cristal, granza, harina de arroz), y la zona productiva en que se desarrolla la actividad objeto de reporte, después de rebajas y descuentos y sin incluir el valor del Impuesto sobre las Ventas (IVA); de acuerdo a las canastas de productos priorizadas en el Manual de Usuario de SIRIIAGRO que hace parte integral de la presente resolución.

Por último, la omisión, renuencia, inexactitud o extemporaneidad en el reporte estará sujeta a las sanciones a que haya lugar por parte de las autoridades competentes, por constituir una presunta infracción a las normas sobre libertad vigilada.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 20 de marzo de 2025.

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