Notijurídico 033 - La Corte Constitucional exhorta a la SIC a realizar seguimientos a las quejas relacionadas con aplicaciones que ofrecen préstamo de dinero

En días pasados, la Corte Constitucional, publicó la Sentencia T-584 de 2023 exhortando a la Superintendencia de Industria y Comercio a realizar seguimientos a las quejas relacionadas con aplicaciones que ofrecen préstamo de dinero.

De esta manera, la Sala Tercera de Revisión debe determinar si una empresa de préstamo de dinero vulnera los derechos fundamentales a la intimidad, el buen nombre, el habeas data y la honra de uno de sus usuarios, al implementar estrategias de cobro extraprocesal como la divulgación de información personal del usuario y la descripción pública de él como un "cliente moroso, visitas intimidatorias y mensajes amenazantes, entre otros.

Así, la Constitución reconoce y protege expresamente la libertad económica en su artículo 333, donde también establece que no es absoluta, pues debe ejercerse dentro de los límites del bien común y supone responsabilidades, entre ellas el deber constitucional de toda persona de respetar derechos ajenos y no abusar de los propios. La libertad económica comprende el derecho a la libertad de empresa, “que se le reconoce a los ciudadanos para afectar o destinar bienes de cualquier tipo para la realización de actividades económicas, para la producción e intercambio de bienes y servicios, conforme a las pautas o modelos de organización propias del mundo económico contemporáneo, con el objetivo de obtener beneficios o ganancias.

Igualmente, la Sala Tercera de Revisión estudió el caso de un usuario de una aplicación móvil de préstamo de dinero que incurrió en mora en el pago de la obligación y, a raíz de ello, recibió múltiples mensajes amenazantes para lograr el cobro de lo debido. Así mismo, agentes de la empresa se presentaron al lugar de vivienda de sus padres, pintaron el piso de la entrada con mensajes alusivos al estado de la obligación, pegaron carteles que incluían la foto del actor en los que se le identifica como deudor moroso en el barrio donde vive y en su lugar de trabajo y difundieron esa información a través de redes sociales. Por ello, acudió al juez constitucional en búsqueda de que fueran protegidos sus derechos fundamentales a la intimidad, la honra, el buen nombre y el habeas data. La empresa accionada guardó silencio durante todo el trámite.

En consecuencia de lo anterior, exhorta a la Superintendencia de Industria y Comercio a que realice seguimiento a las quejas relacionadas con las aplicaciones que ofrecen préstamos de dinero y adopte, en ejercicio de sus competencias, las medidas tendientes a regular y vigilar sus actuaciones, en especial las relacionadas con la forma como realizan el cobro de sus acreencias.

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