En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá publicó el Decreto No. 082 de 2025 "Por medio del cual se modifica el Decreto que reglamenta el aprovechamiento económico del espacio público y la explotación económica de la infraestructura pública en el Distrito Capital”.
De esta manera, el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio público y la Secretaría Distrital de Ambiente, adoptarán el protocolo de la actividad de Publicidad exterior visual en mobiliario urbano, dentro de los 8 meses siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Así, los protocolos serán presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación. Las entidades gestoras del aprovechamiento económico del espacio público tendrán un plazo de 8 meses siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, para la expedición de los respectivos protocolos de aprovechamiento económico.
Por último, durante el término de 8 meses con que cuentan las entidades administradoras para la expedición de los protocolos, y en tanto estos adoptan, se podrá autorizar el aprovechamiento económico del espacio público conforme a los lineamientos establecidos para el efecto por cada una de las entidades encargadas de emitir permisos. Estas autorizaciones tendrán carácter transitorio y serán válidas únicamente durante el mencionado plazo de 8 meses. Transcurrido dicho término, todas las autorizaciones deberán ajustarse a los protocolos oficialmente expedidos.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.