Notijurídico 030 - El Congreso de la República busca dictar disposiciones sobre el sistema general de seguridad social en salud

En días pasados, en el Congreso de la República se radicó el Proyecto de Ley No. 341 C de 2023 “Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre el sistema general de seguridad social en salud (SGSSS)”.

De esta manera, tiene por objeto el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), por medio del desarrollo de sus principios, enfoques, estructura organizativa y funcional, financiamiento y políticas para su buen desempeño, conforme a lo dispuesto por la Ley Estatutaria del derecho fundamental a la salud 1751 de 2015, además de ocuparse de sus principales interacciones con los determinantes sociales de la salud.

Así, el Sistema General de Seguridad Social en Salud es el conjunto articulado y armónico de principios y normas; políticas públicas; instituciones públicas, privadas y mixtas; competencias y procedimientos; facultades, obligaciones, derechos y deberes; financiamiento; controles, información y evaluación, que el Estado dispone para garantizar el acceso efectivo a servicios de salud. Este sistema deberá coordinarse con el resto de políticas públicas que afectan o intervienen los determinantes sociales de la salud para garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud a toda la población.

Igualmente, el Consejo Nacional de Política Económica y Social Nacional, y los Consejos Departamental, Distrital y Municipal de Política Económica y Social adoptarán dentro de los tres meses siguientes a la expedición del correspondiente Plan de Desarrollo, la política de determinantes sociales en salud y gestión intersectorial para un periodo de cuatro (4) años, la cual en su estructuración deberá ser liderada por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Salud y Protección Social o quienes en el nivel territorial desarrollen funciones afines.

Por último, la rectoría del Sistema General de Seguridad Social en Salud deberá estar en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social, el cual dictará las políticas, estrategias y planes, protocolos, lineamientos y demás instrumentos necesarios, bajo las condiciones de participación prevista en el art 12 de la ley estatutaria 1751 de 2015 y aquellas que lo complementen y desarrollen orientados a la garantía del acceso efectivo a los servicios de salud, al buen desempeño de todo el SGSSS y sus agentes, la transparencia y el buen uso de los recursos públicos y, en conjunto con los demás sectores, el goce efectivo del derecho fundamental a la Salud de toda la población.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 1 de marzo de 2023.

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