En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó la Resolución No. 370 de 2025 “Por la cual se crea la mesa de trabajo en cumplimiento del Auto 007 del 23 de enero de 2025 con el alcance previsto en el considerando 22 del Auto 089 del 04 de febrero de 2025 proferidos por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional”.
De esta manera, la mesa de trabajo tendrá carácter participativo y tendrá como objeto recibir, analizar y socializar información, insumos y aportes de los participantes sobre un eventual rezago en el valor de la UPC de las vigencias 2021, 2022, 2023 y 2024, para efectos de que el Ministerio de Salud y Protección Social cuente con elementos de juicio suficientes para determinar técnicamente si hay lugar o no a efectuar el reajuste de la prima, para lo cual abordará los siguientes aspectos:
- La información reportada en la debida oportunidad por parte de las Entidades Promotoras de Salud para el cálculo de la UPC en las respectivas vigencias, procesamiento de dicha información por las mallas de validación y contrastación de la misma con otras fuentes de información determinadas por parte del Ministerio de Salud y Protección Social.
- La siniestralidad y las variaciones en las frecuencias de uso.
- El efecto de las inclusiones de la vigencia inmediatamente anterior a la hora de calcular la UPC de la vigencia siguiente o, en su defecto, durante la vigencia en cuestión al momento de efectuar su reajuste.
- La definición de las variables y ajustadores de riesgo que deben ser tenidos en cuenta para establecer la UPC.
- Revisar la viabilidad de realizar ajustes ex post a la Unidad de Pago por Capitación, la UPC equivale a la prima del seguro en el SGSSS, es decir, se trata de un monto fijo que se entrega a las EPS por cada afiliado de forma anual.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.