Notijurídico 023 - DIAN realiza la séptima adición al Concepto General sobre los impuestos saludables

En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, publicó el Concepto No. 1865 de 2024 sobre la séptima adición al Concepto General sobre los impuestos saludables.

De esta manera, mediante el presente pronunciamiento, esta Subdirección absolverá un interrogante formulado en torno a la interpretación y aplicación de los impuestos saludables, a saber, el impuesto a las bebidas ultra procesadas azucaradas y el impuesto a los productos comestibles ultra procesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas con la adición al Concepto General de la referencia.

Así, la consulta estaba relacionada con el alcance del término de productos comestibles, para lo cual se relaciona que todo producto natural o artificial, elaborado o no, que ingerido aporta al organismo humano los nutrientes y la energía necesaria para el desarrollo de los procesos biológicos. Se entienden incluidas en esta definición las bebidas no alcohólicas y aquellas sustancias con que se sazonan algunos comestibles, y que se conocen con el nombre genérico de especias.

Igualmente, los productos alimenticios ultraprocesados son los elaborados con procesos tecnológicos, sometidos a procesos de transformación a los cuales se les añade sal, azúcar, grasas u otros ingredientes. Tienen más de 5 ingredientes y/o aditivos y menos del 50% de los ingredientes son alimentos sin procesar o mínimamente procesados.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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