Notijurídico 022 - MinMinas suspende temporalmente el código SICOM a unas estaciones de servicio en el marco de la Conmoción Interior

En días pasados, el Ministerio de Minas y Energía publicó el Decreto No. 152 de 2025 "Por la cual se suspende temporalmente el código SICOM a unas estaciones de servicio en el marco de la Conmoción Interior”.

De esta manera, tiene por objeto aplicar la suspensión temporal del código SICOM a las Estaciones de Servicio relacionadas por el Ministerio de Defensa Nacional.

Así, la suspensión se mantendrá vigente hasta que el agente minorista, en su calidad de Estación de Servicio, acredite de manera formal su ubicación geográfica. Para ello, deberá presentar ante esta cartera certificado catastral que evidencie la dirección del inmueble, el número de matrícula inmobiliaria y sus coordenadas geográficas (preferiblemente en formato decimal), junto con registros fotográficos que incluyan fecha y coordenadas visibles, así como el certificado de tradición y libertad del inmueble.

Igualmente, por el Grupo de Downstream de la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía remitir copia de esta decisión al Sistema de Información de Combustibles, SICOM, para la actualización correspondiente.

Por último, en caso de considerarse necesario, se podrán remitir copias de las actuaciones realizadas en el marco del presente trámite a las autoridades competentes, con el fin de que adelanten las acciones que correspondan dentro del ámbito de sus funciones.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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