En días pasados, se radicó para primer debate en el Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo No. 159 de 2024 “Por medio del cual se prohíbe la construcción, instalación y puesta en funcionamiento de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital, se dictan lineamientos para el traslado progresivo de los existentes en zonas de proximidad”.
De esta manera, tiene por objeto es prohibir la construcción y funcionamiento de nuevos hornos crematorios en las zonas de proximidad del Distrito Capital, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Decreto Distrital 555 de 2021 o las que cumplan calidades semejantes de acuerdo con la normatividad vigente, así como generar lineamientos para el traslado progresivo de los existentes hacia zonas de menor impacto a la salud de los Bogotanos.
Así, la prohibición de construcción y funcionamiento de nuevos hornos crematorios, está en coherencia con la legislación y normatividad vigente en materia de emisiones atmosféricas asociadas a la cremación de cuerpos y restos humanos en el territorio nacional, especialmente a las distancias que se deben guardar entre este tipo de equipamientos y las viviendas y áreas comerciales. De esta manera, el presente acuerdo contribuye a la regulación de los elementos reglamentados por el Ministerio de Salud y se encuentra en concordancia con la normativa internacional sobre la protección del medio ambiente y la salud, basados fundamentalmente en el principio de precaución.
Igualmente, la Secretaría Distrital Ambiente, Secretaria de Salud, UAESP, Secretaria de Planeación, Secretaria de Hábitat, o quienes hagan sus veces en la estructura administrativa del Distrito Capital, deberán garantizar desde su misionalidad el control, y seguimiento a los hornos crematorios que funcionan en las zonas de proximidad o con predominancia residencial, así como garantizar la formulación de los planes de traslado progresivo de los que ya están funcionando, procurando por el bienestar de las comunidades.
Por último, la Secretaría Distrital de Salud, tendrá la responsabilidad específica de hacer estudios de carácter científico que permitan controlar los posibles impactos sobre la salud humana, derivados de la actividad de la cremación. Los estudios realizados, deberán generar un canal de alertas tempranas que activarán la actividad conjunta de las Secretarías de Ambiente y Hábitat o quien haga sus veces.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 21 de febrero de 2024.