En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó para comentarios el proyecto de Resolución "Por la cual se incorpora la Guía ambiental para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil o desintegración vehicular, la Guía de manejo ambiental para vías terciarias y la Guía ambiental de pasos de fauna silvestre en infraestructura lineal”.
De esta manera, la Guía ambiental para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil o desintegración vehicular, es aplicable tanto para las entidades desintegradoras como para las autoridades ambientales en el territorio nacional. La Guía de manejo ambiental para vías terciarias y la Guía ambiental de pasos de fauna silvestre en infraestructura lineal son aplicables a las entidades territoriales en su calidad de promotores y ejecutores de proyectos de intervención para el mantenimiento, rehabilitación y mejoramiento de vías de tercer orden y a las como para las autoridades ambientales en el territorio nacional.
Así, durante el control y seguimiento de los proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental, permisos, concesiones y/o autorizaciones, las Autoridades Ambientales Competentes podrán verificar la implementación de lo dispuesto en las guías ambientales y efectuar a los usuarios las recomendaciones a que haya lugar.
Igualmente, la implementación de las guías ambientales no exime al interesado de cumplir la normatividad ambiental vigente aplicable al desarrollo de su proyecto, obra o actividad.
Por último, la implementación de las guías ambientales no exime al interesado de la obtención previa de los permisos, concesiones y/o autorizaciones ambientales que se requieran para el uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 17 de febrero de 2025.