Notijurídico 014 - Alcaldía Mayor de Bogotá establece medidas para la circulación de vehículos automotores y motocicletas para el 2 de febrero de 2023

En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el Decreto No. 036 de 2022 “Por la cual se establecen medidas para la circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad de Bogotá D.C. el primer jueves del mes de febrero de todos los años”.

De esta manera, prohíbase la circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad de Bogotá el primer jueves del mes de febrero de todos los años, en el horario comprendido entre las 5:00 a.m., y las 9:00 p.m.

Así, se exceptúan determinados vehículos automotores, dentro de los cuales encontramos los siguientes:

  1. Vehículos de transporte público

  2. Vehículos de emergencia, incluyendo motocicletas.

  3. Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.

  4. Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que porten pintado o adherido, en forma visible los distintivos de la empresa de vigilancia y seguridad privada con plena identificación del conductor del vehículo, que transporten personal y/o materiales para el desarrollo de la labor de vigilancia y seguridad privada.

  5. Vehículos propulsados por motores eléctricos, incluyendo motocicletas.

  6. Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio, sean utilizadas exclusivamente para dicha labor y cuyos vehículos y/o conductores se encuentren debidamente identificados para la prestación de dicho servicio, con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo o utilizados por quien presta el servicio con la plena identificación del conductor del vehículo.

Por último, los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular “Pico y Placa Solidario” no contarán con permiso de circulación en la jornada de día sin carro y sin motocicleta.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

Descargue el documento aquí


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