Notijurídico 013 - MinComercio reglamenta el plan de internacionalización y anual de ventas de los usuarios industriales de las zonas francas

En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó el Decreto No. 047 de 2024 “Por el cual se reglamenta el plan de internacionalización y anual de ventas de los usuarios industriales de las zonas francas”.

De esta manera, el plan de internacionalización y anual de ventas es el documento a través del cual los usuarios industriales de zona franca establecen los objetivos máximos de ingresos netos por operaciones de cualquier naturaleza en el territorio aduanero nacional y los demás ingresos que obtenga el usuario industrial diferentes al desarrollo de su actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado, para cada vigencia, y constituye un habilitador para que el usuario industrial calificado a partir del 13 de diciembre de 2022, pueda optar por aplicar la tarifa del impuesto sobre la renta.

Así, el plan de internalización y anual de ventas definirá, para cada vigencia, las metas de ingresos netos que el usuario industrial de zona franca espere obtener de: (i) la exportación de bienes y/o servicios; (ii) las operaciones en el territorio aduanero nacional; y (iii) los ingresos diferentes al desarrollo de la actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado.

Igualmente, una vez radicada la solicitud de suscripción del plan de internacionalización y anual de ventas, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cuenta con un término de quince (15) días hábiles para revisar y tramitar la suscripción del plan de internacionalización y anual de ventas.

Por último, en el evento en que el peticionario no acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en el presente decreto, será requerido por el Ministerio dentro de los diez (10) días siguientes a la radicación de su solicitud, precisando los documentos o información que deba aclarar, precisar, complementar o allegar. El solicitante dispondrá de treinta (30) días para subsanar y atender el requerimiento.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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