En días pasados, la Superintendencia de Industria y Comercio, publicó para comentarios la evaluación expost sobre el reglamento técnico metrológico aplicable a taxímetros electrónicos.
De esta manera, el objetivo de la norma es asegurar la calidad de las mediciones que proveen este tipo de instrumentos, en aras de generar credibilidad y confianza a los usuarios del servicio público de taxi, frente a la precisión y exactitud con que se liquida la tarifa a pagar en términos de tiempo y distancia por un viaje recorrido en taxi.
Así, para cumplir ese objetivo el Reglamento Técnico Metrológico establece:
Los requisitos técnicos, metrológicos y administrativos que debe cumplir el taxímetro electrónico.
El procedimiento de evaluación de la conformidad.
Define las obligaciones para productores e importadores, organismo evaluador de la conformidad, talleres de instalación de taxímetros, organismo de verificación, titulares.
Señala cuáles son las disposiciones a cumplir frente a la verificación metrológica de este tipo de instrumentos, una vez se encuentre en servicio.
Igualmente, el Reglamento Técnico Metrológico establece obligaciones para la primera y la segunda fase del control metrológico. Por un lado, la primera fase se refiere a taxímetros nuevos y las obligaciones se dirigen a productores e importadores de estos instrumentos. Mientras que, en la segunda fase referente a taxímetros en uso, se atribuyen responsabilidades y requisitos para titulares de taxímetros, OEC, talleres de instalación y reparación de taxímetros, y OVM.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 27 de enero de 2023.