En días pasados, la Superintendencia de Transporte publicó la Resolución No. 14306 de 2024 “Por la cual se incorporan los lineamientos técnicos y operativos del sistema de vigilancia y control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera”.
De esta manera, tiene como objeto definir el mecanismo de interoperabilidad, las condiciones para el reporte en línea de la información, el cronograma de implementación y los demás aspectos técnicos, tecnológicos y operativos requeridos para el reporte de información relacionada con los despachos de pasajeros por carretera.
Así, son de cumplimiento obligatorio para los responsables de la operación de las infraestructuras de ascenso y descenso de pasajeros, incluyendo las Terminales de Transporte Terrestre y los administradores de dicha infraestructura, así como las empresas de transporte en la modalidad de pasajeros por carretera.
Igualmente, la operación del sistema de vigilancia y control se llevará a cabo de forma gradual y por fases, considerando las tres (3) alternativas para el reporte de información definidas por la Superintendencia de Transporte en el anexo técnico “Control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera”. Este enfoque escalonado tiene como objetivo permitir que los sujetos obligados realicen los análisis necesarios y determinen la alternativa más adecuada para el reporte de información.
Por último, los sujetos obligados deberán implementar los controles operativos relacionados con las Empresas de Transporte en la modalidad de pasajeros por carretera, rutas, vehículos, conductores definidos en el anexo técnico “Control de la Operación del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros por Carretera”.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.