En días pasados, el Ministerio del Trabajo expidió la Circular Conjunta No. 004 de 2022 sobre “Recomendaciones para la protección laboral durante el cuarto pico de la pandemia por COVID-19”.
De esta manera, las carteras ministeriales de Trabajo y Salud y Protección Social instan a los destinatarios de esta circular a lo siguiente:
Extremar las medidas de bioseguridad para proteger la salud y disminuir la demanda de servicios y tecnologías en salud.
Permitir el aislamiento obligatorio, temprano y de forma inmediata tanto en personas sintomáticas como asintomáticas.
Los empleadores no exigirán una prueba COVID-19 como requisito para regresar a desempeñar las actividades laborales al culminar el aislamiento.
Corresponde a empleadores y trabajadores, en virtud de los artículos 49 y 95 de la Constitución Política, ser solidarios y procurar el cuidado integral de su salud y de la comunidad, acatando la normatividad e instrucciones vigentes.
Observar las medidas de protección laboral adoptadas por el Ministerio del Trabajo para proteger el empleo y la actividad productiva debido a la emergencia sanitaria.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.