En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se ajustan las tarifas del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM, y del Impuesto al carbono”.
De esta manera, el Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM se liquidará a partir del primero (1) de febrero de 2023, sobre las bases gravables y conforme con las tarifas relacionadas a continuación:
El Impuesto Nacional a la gasolina corriente se liquidará a razón de $663,16 por galón, el de gasolina extra a razón de $1.258,66 por galón y el Impuesto Nacional al ACPM se liquidará a razón de $634,74 por galón. Para los demás productos definidos como gasolina y ACPM, distintos a la gasolina extra, se liquidará a razón de $663,16.
Los combustibles utilizados en actividades de pesca y/o cabotaje en las costas colombianas y en las actividades marítimas desarrolladas por la Armada Nacional, propias del cuerpo de guardacostas, contempladas en el Decreto 1874 de 1979, y el diésel marino y fluvial y los aceites vinculados estarán sujetos al Impuesto Nacional al ACPM, liquidado a razón de $809 por galón.
Igualmente, el Impuesto al carbono se liquidará a partir del primero (1) de febrero de 2023, sobre las bases gravables y conforme con las tarifas relacionadas a continuación:
La tarifa corresponderá a veintitrés mil trescientos noventa y cuatro pesos con sesenta centavos ($23.394,60) por tonelada de carbono equivalente (CO2eq) y los valores de la tarifa por unidad de combustible se determinarán según el tipo de combustible.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 20 de enero de 2023.