Notijurídico 003 - MinTrabajo establece la exigencia del esquema de vacunación Covid-19 a trabajadores de los sectores productivos abiertos al público

En días pasados, el Ministerio del Trabajo expidió la Circular No. 003 de 2022 sobre la “Exigencia de esquema de vacunación Covid-19 a trabajadores de los sectores productivos abiertos al público”.


De esta manera, se insta a los empleadores a exigir a sus trabajadores la presentación del carnet con el esquema de vacunación completo, cuando desempeñan labores en eventos presenciales de carácter público o privado que implique asistencia masiva a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.


Así, en el marco de la obligatoriedad de adoptar las medidas pertinentes para garantizar la vida y la salud, y evitar la propagación del coronavirus Covid-19, se exhorta a los empleadores y trabajadores:

  1. Al momento de implementar las medidas adoptadas mediante la Resolución 777 de 2021 se debe tener en cuenta la obligatoriedad en el cumplimiento del esquema de vacunación para quienes trabajen en los establecimientos abiertos al público.

  2. Los trabajadores que presten sus labores en eventos de asistencia masiva a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y toda actividad que implique atención al público, deberán adelantar el esquema de vacunación, para presentar ante el empleador su carnet que así lo acredite.

  3. En el marco de la responsabilidad social, sensibilización humana, la  autodeterminación y autonomía personal, los trabajadores y empleadores que adelanten sus funciones en los establecimientos abiertos al público o que implique atención al público, deberán tener en cuenta que la vacunación no solo constituye una medida preventiva para el propio individuo, sino también sanitaria para evitar la propagación del coronavirus Covid-19. 

  4. El empleador debe desplegar acciones, mecanismos y establecer protocolos de bioseguridad para la protección de la vida y salud de sus trabajadores, tales como el cumplimiento del esquema de vacunación y medidas de higiene y seguridad en el trabajo para garantizar el desarrollo de las actividades laborales en los sitios de trabajo en condiciones seguras.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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Notijurídico 003 - MinTrabajo establece los requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajo en alturas
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