MinTransporte establece restricción de vías nacionales para vehículos de carga de más de 3.4 toneladas

El Ministerio de Transporte expidió la Resolución No. 05599 de 2019 “Por la cual se atiende el requerimiento de restricción del tránsito de las vías nacionales para vehículos de carga de más de 3.4 toneladas tendientes a garantizar la seguridad de los usuarios y las cosas en la vía pública”.

Así, se establece que la restricción del tránsito para vehículos de transporte de carga de más de 3.4 toneladas, en la vía Nacional, así: 

Departamento Valle del Cauca: Desde el Municipio de Buga hasta Buenaventura y desde la ciudad de Cali hasta Buenaventura, desde las 10:00 p. m. del día 20 de noviembre de 2019 hasta las 6:00 a. m. del día 21 de noviembre de 2019.

Departamento Antioquia: Desde el municipio de Yarumal hasta el municipio de Caucasia, desde las 10:00 p. m. del día 20 de noviembre de 2019 hasta las 6:00 a. m. del día 21 de noviembre de 2019.

Departamento Cauca: Desde el Municipio de Jamundí hasta Popayán y el Municipio Candelaria hasta la ciudad de Popayán y desde Popayán hasta el corregimiento de Mojarras, desde las 10:00 p. m. del día 20 de noviembre de 2019 hasta las 6:00 a. m. del día 22 de noviembre de 2019.

Departamento Nariño: Desde el corregimiento de Remolino hasta la ciudad de Ipiales y desde el corregimiento de Pedregal - Túquerres hasta Tumaco, desde las 10:00 p. m. del día 20 de noviembre de 2019 hasta las 6:00 a. m. del día 22 de noviembre de 2019.

Departamento Putumayo: Desde el Municipio de Mocoa hasta el Municipio de Puerto Asís, desde las 10:00 p. m. del día 20 de noviembre de 2019 hasta las 6:00 a. m. del día 22 de noviembre de 2019.

Departamento Norte de Santander: Desde la ciudad de Cúcuta hacia Zulia - Sardinata - Abrego hasta Ocaña, desde las 10:00 p. m. del día 20 de noviembre de 2019 hasta las 6:00 a. m. del día 22 de noviembre de 2019.

Por último, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y las autoridades locales, en el marco de sus competencias, se encargarán de adelantar las acciones de articulación y coordinación necesarias las demás entidades y organismos, para que se implementen los planes de contingencia y activen las unidades de atención de emergencias, como bomberos, defensa civil y demás que sean pertinentes, en caso de que se requieran.

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