MinSalud establecerá Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el proyecto de Resolución “Por la cual se establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS”.

De esta manera, tiene por objeto establecer la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS, Manual de uso, Lista tabular, Códigos especiales para reporte población indígena, Códigos para el reporte de otras prestaciones en salud, Códigos para el reporte de información de intervenciones colectivas, Códigos para el reporte de información de gestión en salud pública y Códigos para el reporte de procedimientos e intervenciones sobre las condiciones y medio ambiente de trabajo.

Así, aplican a las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o la entidad que haga sus veces, Entidades Promotoras de Salud - EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado, entidades adaptadas, entidades que administran planes voluntarios de salud, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, las compañías de seguros que expidan el Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito - SOAT, entidades o instituciones de los regímenes especial y de excepción de salud bajo el cual prestan sus servicios, los organismos de dirección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS, y demás agentes del Sistema de Seguridad Social Integral.

Igualmente, la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS corresponde al ordenamiento lógico y detallado de los procedimientos en salud que se realizan en el país, en cumplimiento de los principios de interoperabilidad y estandarización de datos utilizando para tal efecto la identificación por un código y una descripción validada por los expertos del país, independientemente de la profesión o disciplina del sector salud que los realice, así como del ámbito de realización de los mismos.

Por último, La Superintendencia Nacional de Salud y las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o la entidad que haga sus veces, efectuarán la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones, sin perjuicio de las funciones de inspección, vigilancia y control, atribuidas a las demás autoridades competentes, de conformidad con las normas legales vigentes.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 29 de octubre de 2020.

Descargue el documento aquí

Iniciar sesión para dejar un comentario
Se expide Resolución que establece nuevas disposiciones para control de peso a vehículos de transporte de carga rígidos de dos ejes
>