MinHacienda reglamenta obras por impuestos

En días pasados, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Decreto No. 1147 de 2020 “Por el cual se reglamentan artículos del Estatuto Tributario en materia de obras por impuestos”.

De esta manera, mediante esta opción del mecanismo de obras por impuestos se podrán financiar los proyectos de inversión viabilizados y registrados en el banco de proyectos de inversión de obras por impuestos, propuestos por los contribuyentes y las entidades públicas de cualquier nivel.

Así, la Agencia de Renovación del Territorio -ART y el Departamento Nacional de Planeación -DNP elaborarán y adoptarán un Manual Operativo de obras por impuestos. Este Manual definirá los aspectos procedimentales de carácter técnico y conceptual para la conformación del banco de proyectos, modificaciones a los proyectos, los criterios y procedimientos para priorizar los proyectos que benefician a los municipios, y en general, los aspectos técnicos necesarios para la implementación y operación del mecanismo de obras por impuestos. Los plazos, procedimientos y lineamientos desarrollados en el Manual Operativo de obras' por impuestos serán de obligatorio cumplimiento.

Igualmente, los contribuyentes y las entidades públicas de cualquier nivel, podrán a través de la Metodología General Ajustada -MGA Web del Departamento Nacional de Planeación -DNP manifestar ante la Agencia de Renovación del Territorio -ART su interés de estructurar iniciativas susceptibles de financiación a través del mecanismo de obras por impuestos, que propongan o se encuentren publicadas en el Listado de Iniciativas, para su posterior presentación e inclusión dentro del banco de proyectos de inversión de obras por impuestos. Las iniciativas identificadas en los Planes de Acción para la Transformación Regional -PATR de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET y/o en la Hoja de Ruta Única tendrán prioridad para la financiación a través de este mecanismo.

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